SEP desmiente renovación obligatoria de cédulas: vigencia de títulos profesionales se mantiene permanente
La Secretaría de Educación Pública (SEP) confirmó que es completamente falso el supuesto acuerdo que obligaría a los profesionistas en México a revalidar su cédula profesional cada cinco años a partir de 2026. A través de canales oficiales y tras verificaciones en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se ratificó que la cédula profesional mantiene su carácter de vigencia indefinida, desarticulando una campaña de desinformación que generó incertidumbre durante la primera semana de enero.
El origen de la noticia falsa y la respuesta oficial
La alerta comenzó a circular masivamente en redes sociales y plataformas de mensajería durante los últimos días de diciembre de 2025 y los primeros de 2026. Los mensajes aseguraban que un decreto publicado el 31 de diciembre establecía la creación del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de Grados y Licencias (SENAGAL). Según esta narrativa, dicho organismo exigiría exámenes periódicos, presenciales o virtuales, para evitar la cancelación de la licencia para ejercer.
Sin embargo, tras una revisión exhaustiva de las ediciones del DOF correspondientes al cierre de 2025, no existe registro de tal acuerdo ni de la creación del mencionado organismo. La Dirección General de Profesiones (DGP), instancia que legalmente administra el Registro Nacional de Profesionistas, aclaró que no ha emitido ninguna normativa que modifique la naturaleza permanente de la cédula. Las autoridades subrayaron que cualquier cambio de esta magnitud requeriría una reforma a la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, la cual no ha ocurrido.
Organizaciones de verificación de datos y medios de comunicación nacionales han catalogado el contenido como un «bulo» o noticia fabricada. Se identificó que la confusión suele alimentarse de interpretaciones erróneas sobre las certificaciones periódicas que ya existen para ciertas disciplinas, como la medicina y la contaduría, las cuales son reguladas por colegios profesionales y no por la SEP de manera directa.
Contrastes y marco legal vigente
Desde la perspectiva jurídica, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sentado precedentes importantes al respecto. En años anteriores, ante intentos estatales de imponer cédulas temporales, el máximo tribunal determinó que la Federación es la única facultada para legislar sobre la materia. Imponer una renovación obligatoria sin sustento constitucional vulneraría el derecho al trabajo y la seguridad jurídica de los ciudadanos que ya han cumplido con los requisitos académicos de ley.
Expertos en derecho administrativo señalan que, si bien la actualización profesional es una recomendación ética, esta no se traduce en una pérdida de la validez del documento oficial emitido por el Estado. Por su parte, los consejos médicos (como el CONACEM) mantienen sus procesos de certificación cada cinco años, pero aclaran que estos son requisitos para la práctica de especialidades en instituciones específicas y no invalidan la cédula de médico cirujano que otorga la SEP.
Qué sigue para los profesionistas
Ante la viralización de este tipo de contenidos, la SEP exhorta a la ciudadanía a no compartir información de fuentes no verificadas y a evitar el pago de supuestos trámites de «renovación» que podrían ser intentos de fraude. Los profesionistas interesados en confirmar el estatus de sus documentos pueden realizar la consulta gratuita y directa en el Portal de Cédula Profesional del Gobierno de México.
Se espera que la actividad de estas noticias falsas disminuya tras los desmentidos oficiales, aunque las autoridades de ciberseguridad recomiendan mantenerse alerta ante posibles campañas de phishing (robo de datos) que utilicen el nombre de la inexistente «SENAGAL» para obtener información personal de los usuarios.





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